II Certamen de Cortos del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas
El Jurado estará compuesto por:
- Ramón Gallego Martínez o Concejal de Cultura
- Directora conservadora del Parque Natural de las Sierras de Cazorla Segura y las Villas
- Jose Caballero, presidente de la Asociación de Turismo Sostenible del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas
- Francisca Espinosa Presidenta Asociación para el Desarrollo Rural de la Sierra de Segura.
- Juan Antonio Lumbreras Pérez- profesional
BASES:
Objetivo
Este 2º Certamen de cortos tiene como objetivo la promoción del turismo en el medio natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas a través de la asociación de turismo sostenible. Por lo que la temática general de los cortos será la promoción del Parque Natural.
- En el certamen que se celebrara entre el 26 de octubre del 2019 y el 15 de mayo de 2020 en el Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas podrán participar todas aquellas personas que lo deseen, no habiendo límite alguno de edad, nacionalidad, etc..
- La participación en el festival se realizará por equipos.
- La participación requiere la inscripción previa a través del email asociaciondeturismo sostenible@gmail.com, aportando los siguientes datos:
- Nombre del equipo
- Nombre, apellidos y número de DNI de una persona responsable del equipo
- Numero de teléfono de la persona responsable del equipo
- Nombres y apellidos de todos los componentes del equipo
- Direcciones de correo electrónico de todos los miembros del equipo
- Para poder grabar en el Parque Natural será necesario contar con las autorizaciones preceptivas en caso de ser necesarias, ver anexo I
- El periodo de inscripción estará abierto hasta las 00:00 h del 15 de abril de 2020
- Los cortometrajes deberán realizarse en el Parque Natural de las Sierras de Cazorla Segura y las Villas entre el 26 de octubre del 2019 y el 15 de mayo de 2020.
7.- La temática general de los cortos será la promoción del Parque Natural,
8.- Cada equipo solo podrá presentar un máximo de 2 obras.
9.- La duración máxima de cada cortometraje presentado no excederá de 15 minutos, incluyendo los títulos de crédito. Las Obras cuya duración supere los 15 minutos no podrán optar al premio.
10.- En los cortometrajes presentados deberán aparecer en los créditos iníciales y finales el nombre del certamen » II Certamen de Cortos del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas»
11.- Los ganadores de este certamen cederán a la organización los derechos de sus respectivos trabajos.
12.- Las obras deben ser originales e inéditas y grabados entre el 26 de octubre y el 15 de mayo de 2020. La organización no se hace responsable de las posibles infracciones en materia de derechos de autor en que puedan incurrir los trabajos.
13.- Los cortometrajes pueden ser presentados en cualquier idioma oficial de la UE
14.- Los participantes presentaran una declaración responsable por lo que certifican que el corto que presentan no ha participado en ningún otro certamen o concurso.
- Los cortometrajes serán subidos a yotube por los participantes entre los día 25 de octubre de 2019 y 15 de mayo de 2020, en el titulo aparecerá «II Certamen de Cortos del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y las Villas», los participantes enviaran por email a asociaciondeturismosostenible@gmail. com enlace del video a donde aparezca el titulo del corto , nombre del equipo, dni y teléfono de contacto .
- Se valorarán favorablemente por el jurado los cortos que más repercusión en redes sociales hayan obtenido, serán objeto de valoración el numero de reproducciones en Youtube, visualizaciones en Facebook y retweet en Twitter.
- Se priorizará el siguiente formato de entrega, pudiéndose admitir otros formatos en caso de que la organización lo considere oportuno: H.264 en Mp4 o mov (1280×720/1920×1080) . No obstante, la organización se reserva el derecho a no proyectar los cortometrajes no presentados en este formato.
- Los cortometrajes finalistas se proyectarán el día de la gala de entrega de premios y el jurado desvelara el ganador de esta segunda edición.
- Para la elección de los cortometrajes ganadores, la organización designará un jurado compuesto por 5 personas.
- Los primeros clasificados recibirán los siguiente premios:
- 1º premio del jurado: 900 €
- 2º premio del jurado: 300 €
- Mejor Actor: 120 €
- Mejor Actriz: 120 €
* Estos premios están sujetos a las retenciones fiscales que les sea de aplicación.
- El fallo del jurado se producirá el día 5 de Junio de 2020, día Mundial del Medio Ambiente siendo este inapelable .
- El jurado podrá declarar desierto uno o todos los premios.
- Los participantes ceden a la organización los derechos de comunicación pública y reproducción de los cortometrajes realizados, de forma no exclusiva, con fines de exclusivamente promocionales del Certamen y del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, segura y las Villas (proyecciones durante el festival, página web y canal de Youtube)
- Los ganadores de este certamen cederán a la organización los derechos de sus respectivos trabajos.
- La participación este concurso implica la aceptación de las bases aquí mencionadas.
Para cualquier información sobre el concurso, los interesados se pueden dirigir a la organización a través de:
- Correo electrónico: asociaciondeturismosostenible@gmail.com,
- Teléfono: 953720000 ext 122 ( departamento de cultura) persona responsable Cristina Rodríguez
Anexo I
REGULACIÓN DE LA FILMACIÓN, GRABACIÓN SONORA Y FOTOGRAFÍA
Libre realización. (no es necesario solicitar Autorización ni realizar Comunicación Previa)
Cuando se dan estas condiciones:
- Equipo simple: cámara y trípode.
- Solo desde espacios públicos, nunca campo a través:
- Caminos, senderos, sendas, carreteras.
- Miradores, áreas recreativas, otros equipamientos.
- Espacios circundantes a los anteriores desprovistos de vegetación.
- No se moleste o inquiete a los animales.
Autorización. (NO se puede iniciar la actividad hasta no haber recibido la Resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio autorizando la filmación, la grabación sonora o la fotografía)
Hay que solicitar Autorización cuando se da alguna de estas condiciones (basta con una de ellas):
Se utilizan equipos auxiliares:
- Uso de “hide” (puesto fijo) durante más de 1 jornada.
- Uso de grupos electrógenos.
- Uso de iluminación artificial.
- Uso de focos (distintos al flash del cuerpo de la cámara de video o fotografía)
- Uso de megafonía.
- Uso de Drones.
Preparación de escenarios, uso de pantallas, poda o alteración de la vegetación para la mejora de encuadres, etc, etc.
Desde espacios campo a través.
Cuando se invaden espacios campo a través se tiene que evitar siempre dañar (pisar, cortar, romper, contaminar) la vegetación arbórea, arbustiva y herbácea, siendo especialmente grave afectar a las especies catalogadas.
Endemismos (Violeta de Cazorla, Solenanthus reverchonii, Atropa baética, Aquilegia cazorlensis, Anthyllis rupestris, etc, etc, etc)
Tejos, áceres, avellanos, sargas, etc, etc, etc.
Orquídeas, narcisos, etc, etc, etc.
Se van a producir molestias a la fauna (general). (Si alguna de estas especies es de aves o mamíferos amenazados, la Autorización la daría la Dirección General de Medio Natural y Espacios Protegidos, requiere más tiempo)
Se va fotografiar, filmar o grabar especies amenazadas de aves o mamíferos en época de reproducción. (En este caso la Autorización la da La Dirección General de Medio Natural y Espacios Protegidos, requiere más tiempo)
Condiciones Generales que siempre hay que respetar en el territorio Andaluz:
La distancia mínima a la fauna silvestre deberá ser la suficiente para no alterar su comportamiento, salvo cuando se trate de especies en peligro, que se establece en cien (100) metros y cuando se trate de cetáceos, que deberá ser sesenta (60) metros. En el medio submarino deberá ser de tres (3) metros.
Se considerarán las distancias mínimas recomendadas para la observación de madrigueras, colonias o nidos de especies silvestres las que se establecen a continuación:
- Nidos de aves rupícolas: 250 m
- Nidos de aves de formaciones boscosas: 100 m
- Nidos de aves acuáticas, marinas o esteparias: 200 m.
- Nidos de aves de presa: 500 m
- Colonias de aves: 100 m
- Madrigueras: 100 m
No está permitido:
- Enfocar directamente a los animales con luces artificiales durante la noche.
- Usar el flash en la toma de fotografías, excepto en el medio submarino.
- Circular en vehículo a motor a más de veinte (20) kilómetros por hora en las inmediaciones de los animales.
- Interceptar la trayectoria de desplazamiento de los animales.
- Utilizar cualquier sistema de atracción, captura o repulsión de los animales, así como la realización de cebados en los lugares de tránsito habitual de los mismos.
- La recolección de plantas aromáticas y medicinales estará sometida a autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente, excepto las de aquéllas incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, cuya recolección estará prohibida.
- Las personas que realicen la actividad de filmación, grabación sonora y/o fotografía de especies de fauna tanto en el medio terrestre como submarino, deberán respetar las condiciones establecidas para la observación de fauna.
- Los elementos de camuflaje u ocultación del fotógrafo o cámara de naturaleza se consideran equipos auxiliares y por lo tanto, requieren autorización.
Condiciones Particulares para el uso de Dron:
- ÚNICAMENTE PODRÁ UTILIZARSE el dron en la vertical de los espacios en que se desarrollan estas actividades y que han de ser previamente autorizados por la C.M.A.O.T.
- La actividad de vuelo del dron no podrá realizarse o deberá ser suspendida de forma inmediata si concurren alguna de las siguientes circunstancias:
- Esté siendo sobrevolada la zona más próxima por rapaces u otras aves incluidas en los catálogos de especies protegidas.
- Esté siendo sobrevolada la zona por helicópteros de servicios de emergencias.
- Exista situación de emergencia como puede ser la provocada por un incendio forestal.
- En todo momento se mantendrá visión directa sobre la aeronave.
- La distancia máxima entre piloto y aeronave será de 500 metros.
- La aeronave se situará siempre a mas de 100 metros de las aves, y nunca se realizarán aproximaciones a ellas en la vertical.
- “Deberá saber volar con seguridad”: Ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro a personas, animales, plantas o propiedades.
- Deberán disponer de de seguro de responsabilidad civil específico para aeronaves.
- Los daños que cause la aeronave son responsabilidad de quien la maneja. No se puede poner en peligro a terceros.